El Boldo o Peumus boldus (Monimiáceas) es una especie originaria de América del Sur, en especial de Chile, país que es además el principal productor. El árbol mide unos 7 metros de altura, y cuyas hojas se utilizan para el tratamiento de los trastornos hepatobiliares. La hoja de boldo debe contener entre 20 y 40 ml de aceite esencial por kg de planta y como mínimo un 0,1% de alcaloides expresados en boldina.
Composición química. La hoja de boldo contiene alcaloides bencilisoquinoleínicos, principalmente boldina, aceite esencial (1-3%), flavonoides y taninos.
Actividad farmacológica.
- Sistema digestivo: la hoja de boldo y sus extractos favorecen los procesos digestivos al tener propiedades tónico-aperitivas, coleréticas, colagogas y hepatoprotectoras. Incrementa notablemente la producción de bilis y su salida al intestino delgado, con lo que se favorecen los procesos digestivos y combate los síntomas derivados de un mal funcionamiento del hígado o de la vesícula biliar. Incrementa la sensación de apetito por sus propiedades tónico-aperitivas.
- Otras propiedades: el alcaloide boldina presente en la hoja de boldo es antioxidante, antiinflamatorio, antihelmíntico y fungicida, sin embargo las propiedades farmacológicas de la hoja de boldo son debidas al conjunto de sus principios, siendo los alcaloides solo un grupo más de ellos.
Efectos indeseables y contraindicaciones. Como la mayoría de las drogas activas en procesos digestivos y hepatobiliares, la hoja de boldo estará contraindicada en pacientes con obstrucción de vías biliares y enfermedades hepáticas graves. En enfermos con litiasis biliar sólo se administrará por prescripción facultativa. No se han descrito efectos secundarios. No se aconseja una duración del tratamiento superior a 4 semanas.
Formas de administración y posología. La hoja de boldo se administra frecuentemente como infusión. También existen preparados realizados con extracto fluido, tintura o extracto seco, además de cápsulas preparadas con polvo de droga. En cualquier caso la dosis media diaria será de 3,0 g de droga o la cantidad equivalente de sus preparados.


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